Con motivo de la adaptación de
los sistemas de videovigilancia al Reglamento
Europeo (2016/679) General de Protección de datos, la Dirección de la
Empresa recuerda a todos sus trabajadores que los sistemas de grabación
continuada que existen en el centro comercial y en zonas de trabajo, bien sean
de acceso, tránsito, venta, elaboración o almacenamiento, muelle o
aparcamiento, tienen como finalidad el control de la seguridad de personas,
bienes, instalaciones y mercancías a la venta.
Además, podrán ser utilizadas
legítimamente para la detección de acciones irregulares, sean éstas realizadas
por personas ajenas a la empresa o por personal que presta servicios en la
misma, utilizándose, en su caso, para la imposición de sanciones disciplinarias
por incumplimientos del contrato de trabajo.
Los archivos de dichas
grabaciones, salvo incidencia, se conservarán durante un
plazo no superior a 30 días. El acceso a los mismos se encuentra
restringido a personas autorizadas o a las autoridades competentes, de
conformidad con lo previsto en el Reglamento
Europeo (2016/679) General de Protección de datos y en la Ley Orgánica
15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. La información relativa
al ejercicio de los derechos establecidos en materia de protección de datos,
puede consultarse en: www.elcorteingles.es/videovigilancia_rrhh