RETRIBUCIÓN FLEXIBLE

El PLAN+ es un nuevo beneficio social que la empresa pone a disposición de todos los empleados del Grupo por el que se puede acceder a predeterminados beneficios fiscales contemplados en la legislación vigente.
Puede participar todo el personal del Grupo El Corte Inglés con una relación laboral de más de un año de antigüedad en la Empresa y con al menos 12 meses para la fecha de finalización de contrato.
• Es voluntario y flexible. Se adapta a las necesidades personales y familiares y puede ser modificado o cancelado en cualquier momento.
• Conserva el mismo nivel de prestaciones de la Seguridad Social (jubilación, desempleo, incapacidad, etc.)

 
Los Seguros de salud adquiridos a través del PLAN+ se consideran una retribución en especie exenta de tributación fiscal hasta los siguientes límites:
• 500€/año por cada asegurado, cónyuge e hijos incluidos en la póliza y 1.500€/año si acredita discapacidad.
• En todo el territorio nacional excepto País Vasco. Los proveedores son ADESLAS (Completo y Vital), SANITAS (Colectivo y Colectivo+ Dental), ASISA y MAPFRE Colectivo.


Permite disponer de un medio electrónico de pago utilizable en restaurantes y cafeterías durante la
• 11€/día con un máximo de 18 días laborables/mes.
• En el País Vasco y Navarra, el límite es de 9€/día con un máximo de 18 días laborables/mes.
• El límite mensual se fija en 198€ por 12 meses. Para poder aplicar la ventaja fiscal:
• Ha de tener lugar en días hábiles para el trabajador.
• El Servicio se prestará en establecimientos de Hostelería, utilizando la Tarjeta facilitada o a través de pago por móvil.
jornada laboral. Es considerado retribución en especie exenta de tributación hasta los siguientes límites:


Permite realizar los pagos de los gastos de desplazamientos entre domicilio y el puesto de trabajo y viceversa, en transporte público colectivo.
• Está limitado a la compra de billetes o abonos en máquina que admita pago con tarjeta (no se admite efectivo).
• Se considera retribución en especie exenta de tributación fiscal hasta el siguiente límite:
‣Hasta 125€/mes con un máximo de 1.500€/ año
‣En todo el territorio nacional excepto en el País Vasco.


• Este beneficio es exclusivo para el pago de la guardería mientras los hijos estén matriculados en el
• Se considera retribución en especie exenta de tributación fiscal con el siguiente límite:
‣ 100% de la cantidad destinada a este concepto sin ningún límite en territorio común.
‣ En el País Vasco, se establece un máximo de 1.000€/año.
primer ciclo de educación infantil (0-3 años)



Se contrata desde NEXO PORTAL CORPORATIVO.
Se establecen líneas de contacto con las empresas proveedoras de servicios:
• AON: Consultas relacionadas con la aplicación informática.
• EDENRED: Comida, guardería y transporte.
• CEES: Seguro de salud
• DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

PLAN DE COMUNICACIÓN
Apertura Plan+ : 30 de Noviembre de 2018 -> ENERO 2019
IMPACTO: NEXO App / NEXO Portal / Email newsletter.
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