ANTE LA FUTURA DIRECTIVA EUROPEA PARA CONCILIAR LA VIDA PROFESIONAL Y PRIVADA DE PROGENITORES,PROGENITORAS.



DESPUÉS de tres años de negociación, ayer se alcanzó un acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa sobre la futura directiva para conciliar la vida profesional y privada de progenitoras, progenitores y de quienes cuidan.

EL ACUERDO establece requisitos mínimos para los Estados miembros, en un intento por impulsar la presencia de las mujeres en el lugar de trabajo y fortalecer el papel del padre o segundo progenitor, tratando así de adaptarse a la realidad social y promover la igualdad de género.
Los aspectos más relevantes, en lo que a la legislación española se refiere, son el permiso parental y el permiso por cuidados.

En cuanto al primero, refuerza el derecho existente a 4 meses de licencia parental siendo 2 meses intransferibles entre progenitores.

Para poder acogerse al mismo, los padres deben haber trabajado en la empresa por un período de 1 año y su hijo tiene que ser menor de 12 años. En cuanto a la duración del tiempo durante el cual se puede remunerar al progenitor de permiso, el texto se propone un planteamiento evolutivo para que la remuneración se pague inicialmente por 1 mes y medio y, 5 años después de que la directiva entre en vigor, este período se elevará a 2 meses de remuneración.


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