PREPARACIÓN DE REBAJAS


Desde CCOO te recordamos que, a pesar de las sugerencias, presiones y/o intimidaciones por parte de la jefatura, tienes unos derechos que ejercer:

 
• Las trabajadoras en situación de embarazo, estarán exentas de realizar una jornada superior a la normal contratada.

• Los y las trabajadoras afectadas por reducción de jornada por guarda legal estarán exentos de modificar el horario de prestación de trabajo preestablecido.

• Los y las trabajadoras con contrato a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias, ni tienen que hacer un horario diferente al que este reflejado en su calendario trimestral. Salvo quien haya firmado el acuerdo de horas complementarias.
 
En cualquier caso,  deberá respetarse el descanso mínimo legal entre jornadas.
 
• La compensación de las horas extraordinarias se verá incrementada con el 30%(ARTICULO 32 APARTADO 2 DEL ACTUAL CONVENIO COLECTIVO) deberá hacerse en retribución económica o descanso equivalente a opción del trabajador. A partir de las 22 horas la compensación de estas horas tendrán un incremento del 20%(ARTICULO 36 ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES) del salario base hora.
 
NO PAGUES LA MALA PLANIFICACIÓN DE LA

EMPRESA

DEFIENDE TÚ DERECHO AL DESCANSO