SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO SOBRE EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD

La Sentencia que hoy ha dictado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, coincidente con el criterio adelantado por la Abogacía General de la Unión Europea el pasado 10.9.2019, sin perjuicio de que se comparta o no la doctrina que establece el Tribunal Europeo, que merece un análisis más sosegado de la misma, viene a confirmar que la medida aprobada en 2015 por el Gobierno del Partido Popular, sin negociación ni consenso alguno con los interlocutores sociales, de establecer un complemento de pensión para mujeres con dos o más hijos tenía, como ya denunciamos en su día, errores básicos de concepción y diseño.
Como CCOO tuvo ocasión de exponer ante la Comisión Parlamentaria del Pacto de Toledo en julio de 2015, esta medida incluida en un denominado entonces Plan Integral de Apoyo a la Familia, pese a su pretensión, no era una medida de fomento de la natalidad, sino un instrumento de compensación que pretendía corregir a posteriori algunos de los efectos de discriminación o peor trato que sufren en el mercado de trabajo las mujeres, centrado exclusivamente en las mujeres con dos o más hijos que se jubilaran a partir de 2016.