En los Comités Intercentros de El Corte Inglés
y de Hipercor, la
Empresa puso a disposición de éstos el Procedimiento de Prevención de Riesgos
Laborales específica durante el embarazo y la lactancia, el cual sustituye al documento
anterior, de julio del año 2011.
En este nuevo protocolo CCOO
ha sido
el único sindicato que ha revisado en
profundidad este documento, realizando un informe en el que
analizamos cada uno de los riesgos existentes para las
trabajadoras embarazadas en todas las actividades que se realizan en la
Empresa, así como la semana máxima hasta la que éstas deberían seguir en
su puesto de trabajo.
La Empresa sigue dejando a criterio del
Jefe de Personal la decisión de elegir la
opción más adecuada en cada caso, es decir, será él quien decida si a la
trabajadora embarazada se le adapta o cambia el puesto de trabajo o si debe
procederse a la suspensión del contrato por riesgo laboral en el embarazo.
Desde CCOO nos parece mejorable este procedimiento de actuación, ya que no se marca la
semana máxima en la cual una Compañera embarazada de
cualquier centro de trabajo no puede seguir
realizando
sus funciones, pues no hay posibilidad de adaptación del puesto
de trabajo, dejando esta decisión a criterio del Jefe de Personal, dudando
mucho que el servicio médico tenga algo que aportar.
Los Delegados de CCOO vigilaremos todos los casos de las
compañeras,
haciendo que se cumplan las limitaciones recogidas en las evaluaciones individuales
de cada trabajadora embarazada, e intentando que se cumplan las recomendaciones
de su ginecólogo si este las aportara.
A continuación, se detallan
los factores de riesgo, las semanas en las cuales deben ser eliminados y la
semana a partir de la cual se produce la
baja por riesgo durante el embarazo, en base al puesto de trabajo, por imposibilidad
de eliminar los factores de riesgo:
0 SEMANAS
- Acceso puntual a cámaras de
congelados.
- Eliminar el manejo de equipos
automotores.
- Eliminar trabajos en ambiente
caliente a más de 37ºC.
18 SEMANAS
- Eliminar inclinaciones por
debajo de la rodilla (>10veces/hora).
- Eliminar manejo de cargas
>10kg. (4 o más veces/jornada).
20 SEMANAS
- Eliminar manipulación de
cargas de 5 a 10kg. (4 o más veces/jornada).
- Eliminar manejo de cargas
>10kg. (Menos de 4 veces/jornada).
- Eliminar trabajos con
ruido>80dB.
22 SEMANAS
- Eliminar bipedestación
prolongada >4 horas/jornada (realizar descanso de 15 minutos incluidos en
tiempo de trabajo cada 2 horas).
- No realizar jornadas
superiores a 8 horas de trabajo.
26 SEMANAS
- Eliminar inclinaciones por
debajo de la rodilla (2>9veces/hora).
- Eliminar el uso de escaleras
manuales (4 o más veces/jornada).
- Eliminar la manipulación de
cargas <5kg. (Menos de 4 veces/jornada).
30 SEMANAS
- Eliminar
la bipedestación intermitente (>30min. de pie/hora).
37 SEMANAS
- Eliminar la bipedestación intermitente
(<30min. de pie/hora).
- Eliminar inclinaciones por
debajo de la rodilla (<2 veces/hora).
- Eliminar el uso de escaleras
manuales (menos de 4 veces/jornada).
- Eliminar manejo de cargas
<5kg. (4 o más veces/jornada).
NO PODER ELIMINAR LOS FACTORES DE RIESGO
Semana 18
- Almacén,
Mantenimiento y Expedición.
Semana 26
- Venta,
Hostelería, Perecederos, Reposición, Envíos, Club del Gourmet, Pastelería, Línea de Caja, PPV, POS, Taller del
Automóvil.
Semana 30
- SAC.
Semana 37
- Administración.
de CCOO Siempre vigilantes de vuestra salud.